5 de julio de 2008   
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Procedimiento a seguir en caso de citación judicial


Cuando se produzca cualquier incidente que pueda implicar responsabilidad civil, el Colegio en su caso el Colegiado, deberá seguir los siguientes pasos:

PRIMERO.- El colegiado deberá comunicar inmediatamente a su Colegio provincial la reclamación de que haya sido objeto, bien judicial (demanda, querella o denuncia) o extrajudicial.

La comunicación extemporánea de dicha reclamación por el colegiado podrá suponer la no cobertura del siniestro por la Póliza.

SEGUNDO.- El colegiado cumplimentará en su Colegio el formulario de Comunicación de Siniestro de Responsabilidad Civil o Penal establecido al efecto, para que éste sea remitido al Consejo General.

Es necesario cumplimentar todos los datos solicitados. En cualquier caso, son datos imprescindibles del colegiado afectado el nombre y los dos apellidos, la dirección y teléfono de contacto.

TERCERO.- Si el colegiado no pudiera contactar con su Colegio, comunicará el hecho directamente a la Asesoría Jurídica del Consejo General, c/Fuente del Rey, 2- 28023 Madrid-, teléfono 91.334.55.20, Fax 91.334.55.03

Un letrado le informará seguidamente de la forma a actuar y cobertura del seguro.

De no actuar de la forma indicada por el Consejo General, éste no asumirá ninguna responsabilidad, y el perjudicado será sola y exclusivamente el colegiado.

CUARTO.- Independientemente de las actuaciones antes señaladas, el colegiado no deberá declarar nunca sin abogado, ni firmar ningún documento.

QUINTO.- De acuerdo con lo establecido en la póliza de responsabilidad civil, para la efectividad de la cobertura prevista será imprescindible acreditar que el profesional afectado se encuentra colegiado en su correspondiente Colegio profesional y al corriente en el pago de sus cuotas.